La fiscal de Alta Complejidad de la Fiscalía Metropolitana Oriente, Constanza Encina , insistió en sus cuestionamientos a las limitantes impuestas al análisis de la información de los celulares incautados en la investigación por presuntas irregularidades en licitaciones de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas ( Junaeb ). Encina alegó ante la Segunda Sala de la Corte Suprema para que se revoquen las restricciones que la Corte de Apelaciones de Santiago impuso a la revisión de los teléfonos del abogado Darío Calderón , el senador Sergio Gahona y el exdiputado Hugo Gutiérrez . Se espera que la resolución del máximo tribunal sea dada a conocer durante las próximas horas. “La Corte de Santiago impuso una serie de medidas, un instructivo respecto de cómo se debe efectuar la revisión de los teléfonos que son incautados en todas las investigaciones penales, porque este obviamente es un precedente que puede afectar todas las investigaciones penales”, planteó la persecutora. Encina explicó que las imposiciones del tribunal de alzada plantean que “antes incluso de conocer o poder revisar los teléfonos, el Ministerio Público ya debe conocer respecto de cuáles son los interlocutores, qué se puede revisar y cuáles son los puntos más relevantes de una investigación, que es justamente lo que se pretende conocer al momento de investigar, ir de lo desconocido a lo conocido, que es totalmente inverso a aquello que la Corte de Apelaciones estaba planteando”. “El Ministerio Público se opuso, presentó un recurso de apelación y ahora la Corte Suprema debe decidir en definitiva si estas medidas que se impuso, que son bastante restrictivas, hay que decirlo, a las investigaciones penales, pueden seguir adelante o no”, puntualizó la fiscal. Las restricciones establecidas por la Corte de Santiago delimitan la revisión, extracción y análisis de antecedentes de los dispositivos con el argumento de “alcanzar el equilibrio entre la eficacia de la persecución penal y el respeto de los derechos fundamentales que la Constitución exige en toda diligencia intrusiva”. El caso se contrapone a lo que ocurrió en el caso Audio con el dispositivo de Luis Hermosilla, que fue analizado, permitiendo al Ministerio Público recabar antecedentes que dieron pie a una serie de investigaciones de otros presuntos delitos. La fiscal Encina sostuvo que de seguirse aplicando este criterio “no solo en causas de corrupción, en causas de crimen organizado, en causas de homicidio, secuestro, delitos contra la propiedad, se establece un procedimiento que resulta tan engorroso que lo cierto es que difícilmente puede ser aplicada en ese tipo de investigaciones”. “Por lo cual, vale la pena preguntarse si solamente va a ser un criterio utilizado en este tipo de causas de corrupción, o de delitos económicos, y no en el resto de los delitos, que es algo que nosotros, por supuesto, estamos en contra y que manifestamos a la excelentísima Corte, que es una afectación directa al principio de igualdad ante la ley”, señaló la persecutora.
La fiscal de Alta Complejidad de la Fiscalía Metropolitana Oriente, Constanza Encina , insistió en sus cuestionamientos




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